Disposición final segunda. Normas de desarrollo.
Disposición final segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería. · BOE-A-2005-7354
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-07.
Texto consolidado
Los Ministros de Educación y Ciencia y de Sanidad y Consumo adoptarán, conjuntamente o en el ámbito de sus respectivas competencias, las disposiciones que resulten necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en este real decreto.