Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
Disposición final segunda del Real Decreto 427/2020, de 3 de marzo, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las lonjas de productos agropecuarios como "Lonjas de referencia", y de sus asociaciones, y se crea el Registro nacional de lonjas de referencia y sus asociaciones. · BOE-A-2020-4263
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-01.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, para que, en el ámbito de sus competencias, proceda al desarrollo del presente real decreto, y en especial en lo que concierne a modelos de información y canales de transmisión de la misma.
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