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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Habilitación de créditos.

Disposición final segunda del Real Decreto 385/1996, de 1 de marzo, por el que se establece el régimen retributivo e indemnizatorio del desempeño de las funciones de jurado. · BOE-A-1996-5931

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-03-15.

Texto consolidado

Por el Ministerio de Economía y Hacienda se realizarán las habilitaciones de créditos necesarias para el cumplimiento de lo previsto en el presente Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-03-15.

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