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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda del Real Decreto 2187/1995, de 28 de diciembre, por el que se determina el alcance y concesión de la exención establecida en el impuesto sobre bienes inmuebles a los centros educativos concertados y se determina el procedimiento para satisfacer las compensaciones a favor de los Ayuntamientos, previstas en el apartado 2 del artículo 7 de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre. · BOE-A-1995-27965

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-12-31.

Texto consolidado

El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-12-31.

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