El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Disposición final segunda. Eficacia.

Disposición final segunda del Real Decreto 21/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban los Planes de gestión del riesgo de inundación de las cuencas internas de Andalucía: demarcaciones hidrográficas del Tinto, Odiel y Piedras; Guadalete y Barbate; y Cuencas Mediterráneas Andaluzas. · BOE-A-2016-607

Atención: Real Decreto 21/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los Planes de gestión de riesgos que se aprueban serán eficaces desde el día siguiente al de la publicación del presente real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Deberán ser revisados y actualizados, incluidos los componentes previstos en el anexo parte B del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, a más tardar el 22 de diciembre de 2021, y a continuación cada seis años.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-23.

Más artículos de Real Decreto 21/2016

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 21/2016 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.