Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
Disposición final segunda del Real Decreto 2/2002, de 11 de enero, por el que se regula la aplicación de la iniciativa comunitaria "Leader Plus" y los programas de desarrollo endógeno de grupos de acción local, incluidos en los Programas Operativos Integrados y en los Programas de Desarrollo Rural (PRODER). · BOE-A-2002-690
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-13.
Texto consolidado
El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá adoptar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones precisas para el desarrollo y aplicación del presente Real Decreto, así como para la actualización de las dotaciones que, como contribución de la Administración General del Estado, corresponden al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, al amparo de las disposiciones que dicta la Comisión Europea en materia de actualización de su contribución financiera.
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