Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda del Real Decreto 1652/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula la inversión obligatoria para la financiación anticipada de largometrajes y cortometrajes cinematográficos y películas para televisión, europeos y españoles. · BOE-A-2004-13468
Atención: Real Decreto 1652/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación el «Boletín Oficial del Estado».
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