Disposición final segunda. Facultad de modificación.
Disposición final segunda del Real Decreto 1632/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la alimentación de determinadas especies de fauna silvestre con subproductos animales no destinados a consumo humano. · BOE-A-2011-18536
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-26.
Texto consolidado
Se faculta al titular del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino para modificar el anexo de este real decreto para su adaptación a la normativa comunitaria.
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