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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Desarrollos.

Disposición final segunda del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado. · BOE-A-1999-19277

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-09-26.

Texto consolidado

1. Se faculta al Ministro de Administraciones Públicas para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de lo dispuesto en el presente Real Decreto.

2. Los Subsecretarios de los Departamentos, los Delegados del Gobierno y los Directores o Presidentes de los Organismos autónomos y de Servicios Comunes y Entidades Gestoras de la Seguridad Social adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones que resulten precisas para la ejecución de lo dispuesto en este Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-09-26.

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