Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
Disposición final segunda del Real Decreto 1322/2001, de 30 de noviembre, por el que se establecen las reglas para la constancia en la unidad de cuenta euro de los asientos que se practiquen en los registros públicos administrativos. · BOE-A-2001-22488
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-02.
Texto consolidado
Los Subsecretarios de los Departamentos a los que estén adscritas fundaciones, sociedades y demás entidades enumeradas en el apartado 3 del artículo 1 podrán dictar las instrucciones de desarrollo que sean precisas para la redenominación a euros de las cifras dinerarias que les afecten.
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