Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
Disposición final segunda del Real Decreto 129/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de control de precursores de drogas. · BOE-A-2017-2461
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-09.
Texto consolidado
Se faculta a los Ministros del Interior y de Hacienda y Función Pública, en sus respectivos ámbitos de competencias, juntos o por separado, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de lo previsto en este reglamento.