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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Título competencial.

Disposición final segunda del Real Decreto 1082/2025, de 3 de diciembre, por el que se regula el procedimiento para determinar las denominaciones comerciales nacionales y las denominaciones de alimentos en conserva o preparados admitidas en España aplicables a los productos de la pesca y de la acuicultura. · BOE-A-2025-24838

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-02.

Texto consolidado

El presente real decreto tiene carácter de normativa básica y se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica. Asimismo, los artículos 5 y 6 y las disposiciones adicionales primera y segunda se dictan conforme a las competencias exclusivas del Estado en materia de comercio exterior para tales relaciones conforme al artículo 149.1.10.ª.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-02.

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