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Orden Vigente

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda de la Orden TFP/2/2020, de 8 de enero, por la que se determina la fecha a partir de la cual será efectiva la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con la Oficina de Conflictos de Intereses en los procedimientos previstos en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1208/2018, de 28 de septiembre; y por la que se aprueban los modelos de declaraciones, comunicaciones y documentos electrónicos. · BOE-A-2020-345

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-11.

Texto consolidado

La presente Orden ministerial entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-01-11.

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