Disposición final segunda. Delegación en la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales.
Disposición final segunda de la Orden TAS/408/2008, de 18 de febrero, por la que se crea el registro electrónico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y se regula el servicio de notificaciones electrónicas, estableciéndose los requisitos generales para su aplicación a determinados procedimientos. · BOE-A-2008-3172
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-02-22.
Texto consolidado
1. Se delega en la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales la competencia para incluir y/o modificar los trámites y procedimientos a los que será de aplicación lo dispuesto en la presente Orden, y para aprobar y/o modificar los modelos normalizados, así como la competencia para concretar los procedimientos, trámites y condiciones en los que será posible la prestación del servicio de notificación electrónica según lo previsto en el capítulo IV del Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero.
Todo ello se llevará a efecto mediante Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que conllevará la actualización de la información que aparece en la página web www.mtas.es
2. Se delega en la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales la competencia para la suscripción, prórroga y modificación de los convenios que sean precisos para la instrumentación de lo regulado en esta Orden.
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- Ver la norma completa: Orden TAS/408/2008, de 18 de febrero, por la que se crea el registro electrónico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y se regula el servicio de notificaciones electrónicas, estableciéndose los requisitos generales para su aplicación a determinados procedimientos.