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Ley Derogada

Disposición final segunda.

Disposición final segunda de la Ley 7/2009, de 17 de diciembre, de enajenación de viviendas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2010-598

Atención: Ley 7/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-01-11.

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