Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 7/2006, de 1 de diciembre, de Museos de Euskadi. · BOE-A-2011-17405
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-18.
Texto consolidado
La presente ley entrará en vigor a los tres meses desde el día siguiente al su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.