Disposición final segunda. Puesta en funcionamiento del censo promocional.
Disposición final segunda de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal. · BOE-A-2010-20139
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
La Comisión Nacional del Sector Postal, en colaboración con los organismos competentes, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, adoptará las medidas necesarias para garantizar el efectivo funcionamiento del censo promocional a que se refiere el artículo 31 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
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