Disposición final segunda. Modificación de denominación.
Disposición final segunda de la Ley 4/2022, de 24 de junio, de Regulación del Juego de Cantabria. · BOE-A-2022-12387
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-02.
Texto consolidado
1. Todas las referencias efectuadas a los «Locales específicos de apuestas» en la normativa específica de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de juego, se entenderán realizadas a «Locales de apuestas».
2. Todas las referencias efectuadas al «Registro de Interdicciones de Acceso al Juego» en la normativa específica de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de juego se entenderán realizadas al «Registro de Interdicciones de Acceso al Juego de Cantabria».
3. Todas las referencias efectuadas al «Catálogo de Juegos y Apuestas de Cantabria» en la normativa específica de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de juego se entenderán realizadas al «Catálogo de Juegos de Cantabria».