Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares. · BOE-A-1987-11091
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-21.
Texto consolidado
El Gobierno de Canarias dictará las normas precisas para dotar al Consejo Escolar de Canarias de los recursos necesarios para su normal funcionamiento.