Disposición final segunda. Calendario y criterios de implantación.
Disposición final segunda de la Ley 3/2020, de 29 de octubre, del sistema de préstamo de los libros de texto de Extremadura. · BOE-A-2020-14051
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-05.
Texto consolidado
La implantación del sistema de préstamo de libros de texto y material escolar se desarrollará reglamentariamente, con sujeción, en todo caso, a las siguientes normas y plazos:
1. Durante el curso 2020-2021 se adoptarán todas las medidas normativas, organizativas o de cualquier otra índole que se determinen y resulten necesarias para la efectiva aplicación del sistema de préstamo a partir del curso 2021-2022.
2. La Administración educativa incorporará al sistema de préstamo descrito en la presente Ley las existencias de los actuales bancos de libros y material escolar actualmente existentes en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.