Disposición final segunda. Período de colegiación.
Disposición final segunda de la Ley 3/2000, de 29 de junio, de creación del Colegio de Ingenieros en Informática del País Vasco. · BOE-A-2011-19445
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-08-03.
Texto consolidado
Una vez publicados los Estatutos, se abrirá un período de colegiación para posibilitar la adquisición de la condición de colegiado/a a todo/as aquello/as que reúnan los requisitos exigidos al efecto. La apertura de dicho período se publicará en el «Boletín Oficial del País Vasco» y en, al menos, dos de los periódicos de mayor difusión en la Comunidad Autónoma.