Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo. · BOE-A-1998-16303
Atención: Ley 23/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Gobierno promoverá cuantas acciones y reformas legislativas sean precisas para la aprobación en el plazo de un año del Estatuto del Cooperante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de esta Ley.