Disposición final segunda. Facultades de desarrollo técnico.
Disposición final segunda de la Ley 2/2008, de 21 de abril, de carreteras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2011-2210
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-11-14.
Texto consolidado
Se faculta al consejero competente en materia de carreteras a dictar las disposiciones técnicas de desarrollo para la aplicación de la presente Ley.