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Ley Derogada

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda de la Ley 2/1998, de 20 de febrero, de la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2011-20035

Atención: Ley 2/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La presente ley entrará en vigor cuando se cumplan tres meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-06-12.

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