Disposición final primera. Desarrollo.
Disposición final primera de la Ley 2/1998, de 20 de febrero, de la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2011-20035
Atención: Ley 2/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se faculta al Consejo de Gobierno para que desarrolle esta ley en lo que resulte necesario para su eficacia.