Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía. · BOE-A-1992-15996
Atención: Ley 2/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En lo no regulado específicamente en esta Ley, relativo al régimen jurídico de los bienes de dominio público o patrimoniales de la Comunidad Autónoma se aplicará la regulación contenida en la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y, en su defecto, el resto del ordenamiento jurídico.