Disposición final segunda. Supletoriedad.
Disposición final segunda de la Ley 13/2017, de 8 de noviembre, del Taxi de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2017-15370
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-11-11.
Texto consolidado
Para lo no previsto en esta ley, será supletoria la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres y el reglamento que la desarrolla.