Disposición final segunda. Control financiero.
Disposición final segunda de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja. · BOE-A-2013-11692
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.
Texto consolidado
Las menciones efectuadas por las normas anteriores a esta ley al control financiero de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de La Rioja se entenderán efectuadas al control financiero permanente y a la auditoría pública definidos en los artículos 148 y 157 de esta ley.