Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto-ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad.
Disposición final segunda de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global. · BOE-A-2023-4512
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-22.
Texto consolidado
Se añade un apartado d) a la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad, con la siguiente redacción:
«d) A las personas cooperantes españolas que tengan esta condición, de acuerdo con el estatuto de las personas cooperantes, y que hayan sido acreditadas individual y específicamente por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para el desarrollo de su actividad profesional en el ámbito de las operaciones a que se refiere el artículo 1».