Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 1/2001, de 21 de mayo, sobre construcción de edificios aptos para la utilización de energía solar. · BOE-A-2001-12956
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-05-31.
Texto consolidado
Las preinstalaciones a que se refiere la presente Ley serán obligatorias para todas las edificaciones e instalaciones cuyos proyectos de edificación o de reforma se presenten ante los órganos administrativos competentes a partir del día 1 de enero del año 2002.