Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1998-19581
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-04-08.
Texto consolidado
La presente Ley entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», debiendo asimismo publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».