Disposición final
Disposición final del Real Decreto 2796/1986, de 19 de diciembre, por el que se regula el reconocimiento de Organizaciones de productores de aceite de oliva y sus Uniones. · BOE-A-1987-2490
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-02-20.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para el cumplimiento y desarrollo de las normas contenidas en la presente disposición.