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Real Decreto-ley Vigente

Disposición final quinta. Entrada en vigor.

Disposición final quinta del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. · BOE-A-2014-7064

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-05.

Texto consolidado

1. El presente real decreto-ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Los artículos 92, 98 y 100 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, conservarán su eficacia hasta la fecha de aplicación del primer Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA), a cuyo efecto dicha fecha se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» por resolución del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.

3. El artículo 73 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, conservará su eficacia hasta la fecha de aplicación de la orden del titular del Ministerio de Fomento prevista en el artículo 32.3 de este real decreto-ley.

Redactado el apartado 3 conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 167, de 10 de julio de 2014. Ref. BOE-A-2014-7287.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-05.

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