Disposición final quinta. Facultades de desarrollo y ejecución.
Disposición final quinta del Real Decreto 957/2020, de 3 de noviembre, por el que se regulan los estudios observacionales con medicamentos de uso humano. · BOE-A-2020-14960
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-02.
Texto consolidado
Se habilita al Ministro de Sanidad para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de este real decreto, así como para actualizar sus anexos. Asimismo, se faculta a la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios para dictar las instrucciones referidas en los artículos 3.1, 6.2 y 17.3.