Disposición final quinta. Título competencial.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-02.
Texto consolidado
Este real decreto constituye normativa básica, salvo el artículo 12, el artículo 13, los apartados 1 y 2 del artículo 27, y el artículo 28, y se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, por el que se atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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