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Real Decreto Vigente

Disposición final quinta. Entrada en vigor.

Disposición final quinta del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. · BOE-A-2000-24019

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-16.

Texto consolidado

El presente Real Decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

No obstante, el derecho de los abonos por incumplimiento de la calidad de atención al consumidor establecido en el artículo 103.2 entrará en vigor el día 1 de enero del año 2001.

Redactado el párrafo segundo conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 62, de 13 de marzo. Ref. BOE-A-2001-4839

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-01-16.

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