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Real Decreto Vigente

Disposición final quinta. Modificación del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común.

Disposición final quinta del Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027. · BOE-A-2023-5370

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-02.

Texto consolidado

El Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común, que redactado como sigue:

Uno. En el subapartado GUADIX, del apartado Granada, ANDALUCÍA, del Anexo I, se incorporan:

«CALAHORRA (LA).»

«JEREZ DEL MARQUESADO.»

Dos. En el subapartado SIERRA MORENA, del apartado Jaén, ANDALUCÍA, del Anexo I, se incorpora:

«VILLANUEVA DE LA REINA.»

Tres. En el subapartado VÉLEZ-MÁLAGA, del apartado Málaga, ANDALUCÍA, del Anexo I, se incorpora:

«ALGARROBO.»

Cuatro. En el subapartado DE ESTEPA, del apartado Sevilla, ANDALUCÍA, del Anexo I, se incorpora:

«BADOLATOSA.»

Cinco. En el subapartado CASPE, del apartado Zaragoza, ARAGÓN, del Anexo I, se incorpora:

«ALFORQUE.»

Seis. En el subapartado CANGAS DE ONÍS, del apartado Asturias, PRINCIPADO DE ASTURIAS, del Anexo I, se incorpora:

«CABRALES.»

Siete. En el subapartado MANCHA ALTA, del apartado Cuenca, CASTILLA-LA MANCHA, del Anexo I, se incorpora:

«ALCÁZAR DEL REY.»

Ocho. En el subapartado PISUERGA, del apartado Burgos, CASTILLA Y LEÓN, del Anexo I, se incorporan:

«VILLAQUIRÁN DE LA PUEBLA.»

«VILLAQUIRÁN DE LOS INFANTES.»

Nueve. En el subapartado SAHAGÚN, del apartado León, CASTILLA Y LEÓN, del Anexo I, se incorpora:

«BURGO RANERO (EL).»

Diez. En el subapartado SURESTE, del apartado Valladolid, CASTILLA Y LEÓN, del Anexo I, se incorpora:

«ALCAZARÉN.»

Once. En el subapartado LA SELVA, del apartado Girona, CATALUÑA, del Anexo I, se incorpora:

«ANGLÉS.»

Doce. En el subapartado CORIA, del apartado Cáceres, EXTREMADURA, del Anexo I, se incorpora:

«CACHORRILLA.»

Trece. En el subapartado MIÑO, del apartado Pontevedra, GALICIA, del Anexo I, se incorpora:

«CRECENTE.»

Catorce. En el subapartado RIBERA BAJA, del apartado Navarra, NAVARRA, del Anexo I, se incorpora:

«ARGUEDAS.»

Quince. En el subapartado PALANCIA, del apartado Castellón/Castelló, COMUNITAT VALENCIANA, del Anexo I, se incorpora:

«ALCUDIA DE VEO.»

Dieciséis. En el subapartado VALL D’ALBAIDA, del apartado Valencia/València, COMUNITAT VALENCIANA, del Anexo I, se incorpora:

«AGULLENT.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-02.

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