Disposición final quinta. Regulación de la inspección técnica de vehículos.
Disposición final quinta de la Ley 9/2014, de 31 de julio, de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos. · BOE-A-2014-8899
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-08-06.
Texto consolidado
El Gobierno, en el plazo de nueve meses desde la entrada en vigor de la presente ley, debe aprobar un proyecto de ley que regule el régimen jurídico de la inspección técnica de vehículos, que debe incluir la derogación de los preceptos de la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, que permanecen vigentes.