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Ley Vigente

Disposición final quinta. Entrada en vigor.

Disposición final quinta de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias. · BOE-A-2009-20375

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-20.

Texto consolidado

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si bien surtirá efectos desde el 1 de enero de 2009, excepto los siguientes preceptos y disposiciones que entrarán en vigor y surtirán efectos a partir del 1 de enero de 2010:

El artículo 46 y la disposición final segunda.

El artículo 28, en cuanto al período de residencia en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

El artículo 59, en cuanto a la delegación de la revisión en vía económico-administrativa.

El Título IV relativo a los órganos de coordinación de la gestión tributaria.

La disposición final tercera.

La disposición final cuarta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-12-20.

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