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Ley Vigente

Disposición final quinta bis. Contratos de acceso a las redes de transporte y distribución eléctrica para regadíos.

Disposición final quinta bis de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. · BOE-A-2013-13645

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-07.

Texto consolidado

Las condiciones particulares de aplicación a contratos de acceso para regadío serán las siguientes:

En los términos que reglamentariamente se determinen, el contrato de acceso para regadío contemplará la posibilidad de disponer de dos potencias diferentes a lo largo de 12 meses, en función de la necesidad de suministro para esta actividad. Los precios del término de potencia no surtirán incremento alguno respecto de las tarifas de aplicación, siempre que la fijación así establecida sea consistente con la seguridad y la sostenibilidad económica y financiera del sistema recogido en el artículo 13 de la ley 24/2013, de 26 de diciembre, así como con la normativa comunitaria de aplicación.#df-3

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-03-07.

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