Disposición final primera. Extinción y subsistencia de créditos y dispensas.
Disposición final primera de la Resolución de 24 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de 18 de junio de 2025, de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, sobre ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales para la negociación en la Administración General del Estado. · BOE-A-2025-14005
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-27.
Texto consolidado
Las dispensas y los créditos horarios contemplados en los anexos del Acuerdo de 16 de diciembre de 2020, que no consten en los anexos del presente Acuerdo quedarán extinguidos.
Las dispensas y los créditos horarios sí contemplados en los anexos del presente acuerdo mantendrán su vigencia sin necesidad de volver a tramitar su concesión.
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