Disposición final primera. Facultades de aplicación y desarrollo.
Disposición final primera del Real Decreto 688/2005, de 10 de junio, por el que se regula el régimen de funcionamiento de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social como servicio de prevención ajeno. · BOE-A-2005-9877
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-12.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales para dictar cuantas disposiciones de carácter general sean precisas para la aplicación y desarrollo de este real decreto.
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