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Real Decreto Vigente

Disposición final primera. Datos de los Registros de Conductores de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil.

Disposición final primera del Real Decreto 628/2014, de 18 de julio, por el que se regulan las peculiaridades del régimen de autorizaciones para conducir vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a la Guardia Civil. · BOE-A-2014-8276

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-01.

Texto consolidado

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, la finalidad, usos, datos, estructura, órganos responsables, derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como el nivel de seguridad de los Registros de Conductores de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil serán los que se establecen para los ficheros de datos de carácter personal correspondientes a cada uno de ellos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-02-01.

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