Disposición final primera. Habilitación normativa.
Disposición final primera del Real Decreto 552/2020, de 2 de junio, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías incluidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con origen o destino en las Islas Canarias. · BOE-A-2020-6473
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-21.
Texto consolidado
1. Se faculta a los Ministros de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de Hacienda y de Política Territorial y Función Pública, para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación del presente real decreto, con especial atención a la utilización de medios electrónicos que agilicen y abaraten los trámites para las empresas y para la Administración Pública.
2. Asimismo, se faculta a los Ministros de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y de Hacienda, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, para dictar las disposiciones que permitan modificar el listado de productos comprendidos en el anexo de este real decreto.
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