Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-04-20.
Texto consolidado
Se autoriza al Ministro de Fomento para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para el desarrollo y ejecución de este Real Decreto.
Más artículos de Real Decreto 346/2001
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- Ver la norma completa: Real Decreto 346/2001, de 4 de abril, por el que se declaran al Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia, al Departamento de Metrología y Ensayos del Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería, y al Laboratorio de Temperatura y Humedad del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, como laboratorios asociados al Centro Español de Metrología y depositarios de los patrones nacionales de las unidades derivadas de intervalo de alta tensión eléctrica (superior a 1.000 V), de atenuación en alta frecuencia y de humedad, respectivamente.