Disposición final primera. Competencia del Estado.
Disposición final primera del Real Decreto 1907/2000, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Reconocimientos Obligatorios para Garantizar la Seguridad de la Navegación de Determinados Buques de Pasaje. · BOE-A-2000-21336
Atención: Real Decreto 1907/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Reglamento aprobado por este Real Decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.20.a de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Marina Mercante.
Más artículos de Real Decreto 1907/2000
- ← Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- → Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1907/2000, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Reconocimientos Obligatorios para Garantizar la Seguridad de la Navegación de Determinados Buques de Pasaje.