Disposición final primera. Facultad de desarrollo y aplicación.
Disposición final primera del Real Decreto 1428/1997, de 15 de septiembre, por el que se regula la pesca con artes menores en el caladero del Golfo de Cádiz. · BOE-A-1997-20857
Atención: Real Decreto 1428/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se faculta a la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar, dentro del ámbito de sus competencias, las disposiciones precisas para el desarrollo y aplicación del presente Real Decreto.