Disposición final primera. Habilitación normativa.
Disposición final primera del Real Decreto 1032/1999, de 18 de junio, por el que se determinan las normas de seguridad a cumplir por los buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 metros. · BOE-A-1999-14521
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-07-02.
Texto consolidado
Se habilita al Ministro de Fomento para dictar las disposiciones necesarias en desarrollo y aplicación de este Real Decreto, en especial las relativas a las medidas específicas de seguridad del artículo 4 del mismo.