Disposición final primera. Modificación del Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos aprobado mediante Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
Disposición final primera del Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua. · BOE-A-2015-12399
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
Se introducen las siguientes modificaciones en el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos aprobado mediante Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio:
Uno. Con efectos desde 1 de enero de 2016 se suprime la subsección 5.ª de la sección 2.ª del capítulo V del título II, la disposición adicional décima, la disposición adicional decimotercera y la disposición transitoria segunda.
Dos. Con efectos desde 1 de enero de 2017 se suprime el artículo 76.
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