Disposición final primera.
Disposición final primera del Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana. · BOE-A-1993-19265
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-07-23.
Texto consolidado
Para el año 1993, el módulo de valor (M) al que se hace referencia en el artículo 2 del presente Real Decreto se fija en 72.000 pesetas/m2.
En función de la dinámica actual del mercado inmobiliario y teniendo en cuenta que los costes y beneficios varían con los distintos tipos de promoción, se establece una oscilación para el factor de diversificación del suelo, de 2,80 a 0,18, y una oscilación para el factor de diversificación de la construcción de 1,30 a 0,80, definidos ambos en la norma 16 del anexo al presente Real Decreto, que dan como resultado los siguientes valores:
Valores de repercusión de suelo:
MBR1 = 42.300 pesetas/m2.
MBR2 = 30.200 pesetas/m2.
MBR3 = 21.900 pesetas/m2.
MBR4 = 15.100 pesetas/m2.
MBR5 = 8.300 pesetas/m2.
MBR6 = 5.000 pesetas/m2.
MBR7 = 2.700 pesetas/m2.
Valor de las construcciones:
MBC1 = 46.800 pesetas/m2.
MBC2 = 43.200 pesetas/m2.
MBC3 = 39.600 pesetas/m2.
MBC4 = 36.000 pesetas/m2.
MBC5 = 34.200 pesetas/m2.
MBC6 = 32.400 pesetas/m2.
MBC7 = 28.800 pesetas/m2.
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